
Guía de trámites del servicio eléctrico
Usuario Residencial Urbano/Rural
Propietario
Escritura o Boleto Compra-Venta
Documentos Personales del Solicitante (DNI)
Declaración Jurada Res. 92/08.
Propietario Precario
Certificado de Domicilio Expedido por el Registro Civil.
Inquilino
Contrato de Alquiler o Comodato
Documentos Personales del Solicitante
Una Garantía (socio de la Cooperativa que tenga medidor a su nombre y sea propietario del lugar donde está colocado el mismo)
Usuario Comercial
Propietario
Escritura o Boleto Compra-Venta
Documentos Personales del Solicitante
Número de Partida Municipal
Comprobante Inscripción ARBA / AFIP
Inquilino
Contrato de Alquiler o Comodato
Documentos Personales del Solicitante
Una Garantía (socio de la Cooperativa que tenga medidor a su nombre y sea propietario del lugar donde está colocado el mismo)
Comprobante Inscripción ARBA / AFIP
Contrato Social
Poder para Firmar Documentos en Nombre de la Sociedad
Comprobante Inscripción ARBA / AFIP
Declaración de Potencia
Propietario
La Documentación Requerida es la Misma que para Nuevos Suministros
La Transferencia de Titularidad es Sin Cargo. NO Deben Registrarse Deudas Pendientes
Puede Hacer Transferencia de Medidor Toda Persona que Certifique que Tiene Posesión Legal del Inmueble. En Caso de Alquilar, Deberá Presentar Contrato de Alquiler y Garantía.
Usuario Residencial Urbano/Rural
Documentos del titular
Última Factura de Servicio NO Registrando Deudas Pendientes
Usuario Comercial
Documentos del titular o apoderado
En Caso de Ser Apoderado o Representante Legal, el Documento que Certifique Dicha Condición.
Última Factura de Servicio NO Registrando Deudas Pendientes
La tarifa social es un beneficio otorgado por el gobierno de la provincia de buenos aires para usuarios residenciales en situación de vulnerabilidad que permite acceder a los servicios públicos a un precio más bajo.
¿Quiénes acceden a la Tarifa Social?
Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciban ingresos mensuales.
Titulares de programas sociales (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844) (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de un seguro de desempleo (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Usuarios (o un familiar a cargo) que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Quedan Excluidas aquellas personas que sean propietarias de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 10 años de antigüedad (excepto quienes posean certificado de discapacidad), tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.









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